domingo, 14 de octubre de 2012

Autónomos CAMBIO de Bases o Cuotas.













Durante el mes de OCTUBRE (antes del 1 de noviembre), tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar.


Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2013.


Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2012):

Base de cotización
€/mes
Tipo de Cotización
 contingencias comunes
– cobertura IT
Cuota a pagar
€/mes
850,20
- mínima en 2012 -
29,90 % *
254,21
916,50
mínima para trabajadores de 48, 49, 50 años o más a 01-01-2012, salvo excepciones
29,90 %
274,03
1.000
29,90 %
299
1.202 
29,90 %
359,40
1.870,50
máxima para trabajadores de 47, 48, 49 y  50 años o más, salvo excepciones

(En  2011 esta base máxima era de 1.682,70)

29,90 %
559,28
3.262,50
- máxima en 2012 -
29,90 %
975,49

 * 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)

Asimismo, les recordamos, que la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.

También les informamos que pueden optar por la cobertura de las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional) y de la protección por cese de actividad antes del 1 de octubre (hasta el 30 de SEPTIEMBRE).


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