DECLARACIÓN ANUAL OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS – MODELO
347
Modificación del RD 1065/2007 en vigor a partir 01-01-2014
Nuevos obligados a suministrar información sobre operaciones con
terceras personas (Art.31.1, y 33.5 y 6)
Las entidades a las que sea de
aplicación la Ley 49/1960 de propiedad
horizontal (comunidades de bienes), así como, las entidades o
establecimientos privados de carácter social a que se refiere el art.20.Tres de
la Ley 37/1992, incluirán también en la declaración anual de operaciones con
terceras personas las adquisiciones en general de bienes o servicios que
efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales, incluso
aunque no realicen actividades de esta naturaleza.
Entidades Ley 49/1960 sobre
propiedad horizontal. Operaciones que no se incluirán en la declaración anual:
-
Las de suministro de energía eléctrica y
combustibles de cualquier tipo con destino a su uso y consumo comunitario.
-
Las de suministro de agua con destino a su uso y
consumo comunitario.
-
Las derivadas de seguros que tengan por objeto
el aseguramiento de bienes y derechos relacionados con zonas y elementos
comunes.
Entidades o establecimientos
privados de carácter social art.20.Tres Ley 37/1992. Operaciones que no se
incluirán en la declaración anual:
-
Las de suministro de agua, energía eléctrica y
combustibles.
-
Las derivadas de seguros.
Distrito escuela de conductores
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