lunes, 9 de agosto de 2010

Resumen Ley de Morosidad

El 6 de Julio se publicó en el B.O.E la Ley de 15/202 de Medidas contra la morosidad en las operaciones Comerciales.

No sabemos si servirá de algo. Aunque lo que es seguro que la que seguro que no lo va a aplicar es el Sector Público, sobre todo cierto Gobierno Autonómico que es bastante conocido por su morosidad galopante.

De todas formas os ofrecemos un resumen para aclarar dudas.




Art.2. Definiciones.

Definición de “administración” = los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público de acuerdo con art.3.3 Ley 30/2007 (antes RD Leg 2/2000)
Definición de “plazo de pago NUEVA = se referirá a todos los días naturales del año, y serán nulos y se tendrán por no puestos los pactos que excluyan del cómputo los periodos vacacionales


Art.3. Ámbito de aplicación. Sustituye la referencia “RD leg 2/2000” por “Ley 30/2007”


Art.4. Determinación del PLAZO de pago. Modifica el plazo y clarifica los distintos supuestos de inicio del cómputo del plazo: factura electrónica, agrupación de facturas...

El plazo de pago de 60 días (antes 30 días) establecido en el art.4.1 no puede ser ampliado por acuerdo entre las partes.
La factura
o solicitud de pago tiene que llegar antes que se cumplan los 30 días desde la fecha de recepción efectiva de las mercancías o prestación de los servicios.

Disposición transitoria Segunda Ley 15/2010:

Calendario de
ajuste progresivo de los plazos del art.4.1 Ley 3/2004 para aquellas empresas que vinieran pactando plazos de pago más elevados, de acuerdo con el siguiente calendario:

Plazo de pago desde el 07-07-2010 hasta el 31-12-2011 =
85 días.
Plazo de pago entre el 01-01-2012 hasta el 31-12-2012 = 75 días.
Plazo de pago a partir del 01-01-2013 = 60 días.


Art.8. Indemnización por costes de cobro

Se suprime el apartado que no permitía la indemnización prevista en el art.8 cuando el coste de cobro ya hubiera sido cubierto por la condena en costas del deudor conforme al art.241 a 246 y 394 a 398 de la LEC.


Art.9. Cláusulas abusivas

Las asociaciones podrán denunciar prácticas abusivas en nombre de sus asociados por incumplir las condiciones de los contratos incluidos en la Ley 7/1998 o no incluidos, por incumplimiento habitual de los períodos de pago de la Ley 3/2004.

Art.200.4. PLAZO PAGO contratos administrativos – certificaciones obra: 30 días (antes 60)


DT Octava. Aplicación progresiva plazo del Art.200.4de la Ley. NUEVA

A partir del 01-01-2013 = 30 días
Desde 07-07-2010 hasta 31-12-2010 = 55 días
Entre el 01-01-2011 y 31-12-2011 = 50 días
Entre el 01-01-2012 y 31-12-2012 = 40 días

Art.200 bis. Procedimiento para hacer efectivas las deudas de las AAPP. RECLAMACIÓN del contratista transcurrido el plazo del art.200.4. NUEVO

Artículo cuarto: Morosidad de las Administraciones Públicas

Informes trimestrales de las AAPP sobre el cumplimiento de plazos.

Artículo quinto. Registro de facturas en las Administraciones locales.
La Entidad local dispondrá de un registro de todas las facturas y demás documentos emitidos por los contratistas a efectos de justificar las prestaciones realizadas por los mismos.
AGROALIMENTARIOS

Aplazamientos de pago de productos de alimentación frescos y perecederos no excederán en ningún caso de 30 días a partir de la fecha de la entrega de las mercancías. Este plazo se aplicará con efectos inmediatos desde 07-07-2010 (no se le aplica el ajuste progresivo de la DT Segunda Ley 15/2010)

Aplazamientos de pago de productos de alimentación que no sean frescos o perecederos no excederán en ningún caso de 60 días a partir de la fecha de la entrega de las mercancías. Calendario de ajuste progresivo de la DT Segunda Ley 15/2010, para aquellas empresas que vinieran pactando plazos de pago más elevados, de acuerdo con el siguiente calendario:

Plazo de pago desde el 07-07-2010 hasta el 31-12-2011 =
85 días.
Plazo de pago entre el 01-01-2012 hasta el 31-12-2012 = 75 días.
Plazo de pago a partir del 01-01-2013 = 60 días.

Obligaciones de documentación para proveedores, destinatarios de entregas sobre fechas.

Las facturas deberán hacerse llegar
antes de que se cumplan 30 días desde la fecha de entrega y recepción de las mercancías.

Disposición adicional segunda, Distribución de libros
os.
El gobierno podrá determinar un régimen especial de pagos.

Disposición adicional tercera Las
sociedades tendrán que informar sobre los plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales, a partir ejercicio 2010.

Disposición adicional cuarta. Nueva línea de crédito ICO-morosidad Entes Locales, para facilitar el pago de deudas firmes e impagadas a empresas y autónomos con anterioridad al 30-04-2010
Disposición transitoria primera. Esta Ley será de aplicación a todos los contratos celebrados con posterioridad a su entrada en vigor (07-07-2010)


Las empresas constructoras de obra civil que mantengan vivos contratos de obra con las diferentes Administraciones Públicas, con carácter excepcional, y durante dos años a contar desde 07-07-2010, podrán acordar con sus proveedoras y/o subcontratistas los siguientes plazos máximos de pago, de conformidad con el siguiente calendario de aplicación:

120 días desde 07-07-2010 hasta 31-12-2011
90 días desde 01-01-2012 hasta 31-12-2012
60 días desde 01-01-2013 hasta 31-12-2013

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