Despido más barato
El contrato indefinido ordinario con una indemnización de 45 días por año trabajado. La indemnización será de 33 días por año a partir de ahora para todos los contratos, aunque no se aplicará de forma retroactiva a los derechos ya adquiridos, es decir los contratos actuales hasta la fecha de hoy será de 45 días y a partir de ahora será de 33 días.
20 horas de formación al año (Contratos de Formación y Aprendizaje)
La principal novedad es la creación de un fondo de formación similar al fondo de la Seguridad Social: acompañará toda la vida trabajador. Además, el empleado tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario dentro de la empresa.
Reducciones fiscales, y Bonificaciones en la cuota de la seguridad social que lo tratamos más detallado.
Agencias de colocación (ETT)
domingo, 12 de febrero de 2012
Resumen Reforma Laboral 2012
Despido más barato
El contrato indefinido ordinario con una indemnización de 45 días por año trabajado. La indemnización será de 33 días por año a partir de ahora para todos los contratos, aunque no se aplicará de forma retroactiva a los derechos ya adquiridos, es decir los contratos actuales hasta la fecha de hoy será de 45 días y a partir de ahora será de 33 días.
20 horas de formación al año (Contratos de Formación y Aprendizaje)
La principal novedad es la creación de un fondo de formación similar al fondo de la Seguridad Social: acompañará toda la vida trabajador. Además, el empleado tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario dentro de la empresa.
Reducciones fiscales, y Bonificaciones en la cuota de la seguridad social que lo tratamos más detallado.
Agencias de colocación (ETT)
El contrato indefinido ordinario con una indemnización de 45 días por año trabajado. La indemnización será de 33 días por año a partir de ahora para todos los contratos, aunque no se aplicará de forma retroactiva a los derechos ya adquiridos, es decir los contratos actuales hasta la fecha de hoy será de 45 días y a partir de ahora será de 33 días.
20 horas de formación al año (Contratos de Formación y Aprendizaje)
La principal novedad es la creación de un fondo de formación similar al fondo de la Seguridad Social: acompañará toda la vida trabajador. Además, el empleado tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario dentro de la empresa.
Reducciones fiscales, y Bonificaciones en la cuota de la seguridad social que lo tratamos más detallado.
Agencias de colocación (ETT)
Reforma Laboral 2012 - IV - Medidas para la eficiencia del mercado de trabajo
Medidas para favorecer la eficiencia del mercado de trabajo y reducir la dualidad laboral
Artículo 17. Suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
El artículo 5 del Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, queda redactado del siguiente modo:
«Se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2012, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.»
Artículo 18. Extinción del contrato de trabajo.
Artículo 17. Suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
El artículo 5 del Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, queda redactado del siguiente modo:
«Se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2012, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.»
Artículo 18. Extinción del contrato de trabajo.
Reforma Laboral 2012 - IV - Medidas para la eficiencia del mercado de trabajo
Medidas para favorecer la eficiencia del mercado de trabajo y reducir la dualidad laboral
Artículo 17. Suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
El artículo 5 del Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, queda redactado del siguiente modo:
«Se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2012, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.»
Artículo 18. Extinción del contrato de trabajo.
Artículo 17. Suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.
El artículo 5 del Real Decreto-Ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, queda redactado del siguiente modo:
«Se suspende, hasta el 31 de diciembre de 2012, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.»
Artículo 18. Extinción del contrato de trabajo.
Reforma Laboral 2012 - III. Flexibilidad de las empresas
Medidas para favorecer la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo
Artículo 8. Clasificación profesional.
El artículo 22 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 22. Sistema de clasificación profesional.
• Mediante la negociación colectiva o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establecerá el sistema de clasificación profesional de los trabajadores por medio de grupos profesionales.
Reforma Laboral 2012 - III. Flexibilidad de las empresas
Medidas para favorecer la flexibilidad interna en las empresas como alternativa a la destrucción de empleo
Artículo 8. Clasificación profesional.
El artículo 22 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 22. Sistema de clasificación profesional.
• Mediante la negociación colectiva o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establecerá el sistema de clasificación profesional de los trabajadores por medio de grupos profesionales.
Reforma Laboral 2012 - II. Fomento a la contratación indefinida
Fomento de la contratación indefinida y otras medidas para favorecer la creación de empleo
Artículo 4. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.
• Con objeto de facilitar el empleo estable a la vez que se potencia la iniciativa empresarial, las empresas que tengan menos de 50 trabajadores podrán concertar el contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores que se regula en este artículo.
• El contrato se celebrará por tiempo indefinido y a jornada completa, y se formalizará por escrito en el modelo que se establezca.
• La empresa tendrá derecho a aplicar los siguientes incentivos fiscales:
• En el supuesto de que el primer contrato de trabajo concertado por la empresa se realice con un menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal de tres mil euros.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)